¿QUÉ ES EL SISTEMA DE RIESGOS DEL TRABAJO?
Es uno de los componentes del Sistema de Seguridad Social Argentino. La Ley de Riesgos del Trabajo N° 24.557 tiene como objetivos prevenir los riesgos en la actividad laboral y reparar los daños ocasionados por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

¿QUIÉNES ESTÁN CUBIERTOS?
Obligatoriamente están cubiertos los funcionarios y empleados del sector público nacional, de las provincias y sus municipios y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; los trabajadores en relación de dependencia del sector privado; los trabajadores de casas particulares; los pasantes y las personas obligadas a prestar un servicio de carga pública. Es requisito que el trabajador se encuentre registrado, es decir, que trabaje “en blanco”.

¿QUÉ ES UN ACCIDENTE DE TRABAJO?
Es un hecho súbito y violento ocurrido en el lugar donde el trabajador realiza su tarea y por causa de la misma o en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar de trabajo o viceversa (in itinere), siempre que el damnificado no hubiere alterado dicho trayecto por causas ajenas al trabajo.

¿QUÉ ES UNA ENFERMEDAD PROFESIONAL?
Una enfermedad profesional es la producida por causa del lugar o del tipo de trabajo. Existe un Listado de Enfermedades Profesionales en el cual se identifican cuadros clínicos, exposición y actividades en las que suelen producirse estas enfermedades y también agentes de riesgo (factores presentes en los lugares de trabajo y que pueden afectar al ser humano, como por ejemplo las condiciones de temperatura, humedad, iluminación, ventilación, la presencia de ruidos, sustancias químicas, la carga de trabajo, entre otros).

Si la enfermedad no se encuentra en el Listado y se sospecha que es producida por el trabajo, hay que realizar la denuncia ante la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) *. Si la ART rechaza la denuncia o deriva al trabajador a la obra social, por considerar que la enfermedad no fue causada por el trabajo, será una Comisión Médica (CM) y la Comisión Médica Central (CMC) las que definirán si se reconoce la enfermedad profesional en ese caso.


¿QUÉ ES UNA ART Y QUÉ FUNCIONES TIENE?
Son empresas privadas con fines de lucro contratadas por los empleadores para asesorarlos en las medidas de prevención de riesgos del trabajo y para reparar los daños en casos de accidentes de trabajo o enfermedades de origen laboral. Están controladas por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo y por la Superintendencia de Seguros de la Nación.

Las ART tienen como obligación:
> Brindar todas las prestaciones que fija la ley, tanto preventivas como dinerarias y de salud.

Evaluar la verosimilitud de los riesgos que declare el empleador.
Efectuar los exámenes médicos periódicos para vigilar la salud de los trabajadores expuestos a riesgos.
Visitar periódicamente a los empleadores para controlar el cumplimiento de las normas de prevención de riesgos del trabajo.
Promover la prevención, informando a la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) acerca de los planes y programas exigidos a las empresas.
Mantener un registro de accidentabilidad por establecimiento.
Informar a los interesados acerca de la composición de la entidad, de sus balances y de su régimen de alícuotas.
Controlar la ejecución del Plan de Acción de los empleadores y denunciar ante la Superintendencia de Riesgos del Trabajo los incumplimientos.
Brindar asesoramiento y asistencia técnica a los empleadores en materia de prevención de riesgos del trabajo.
Denunciar los incumplimientos de los empleadores a la Superintendencia de Riesgos del Trabajo.
Mantener la solvencia económica.

¿QUÉ ES LA SRT Y QUÉ FUNCIONES CUMPLE?
La Superintendencia de Riesgos del Trabajo es el organismo del Estado Nacional encargado de:
Controlar el cumplimiento de las normas de Salud y Seguridad en el Trabajo con competencia en los territorios federales y colaborar con las administraciones provinciales que tienen la competencia para intervenir y fiscalizar el cumplimiento de las normas laborales por parte de los empleadores (entre ellas las de higiene y seguridad).
Controlar a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART). Garantizar que se otorguen las prestaciones médico – asistenciales y dinerarias en caso de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales.
Promover la prevención para conseguir ambientes laborales sanos y seguros.
Imponer sanciones previstas por la Ley de Riesgos del Trabajo N° 24.557 y normas concordantes
De la SRT dependen las Comisiones Médicas y la Comisión Médica Central.

EMPLEADOR:
¿CUÁL ES EL COSTO DE LA COBERTURA DE ART?
Las superintendencias de Seguros y de Riesgos del Trabajo de la Nación son quienes fijan los valores en base a la carga horaria laboral de cada trabajador, según las siguientes escalas:
// Hasta 12 horas: $130
// Entre 12 y 16 horas: $165
// Más de 16 horas: $230


¿CÓMO LO ABONO?
Todos los pagos se cursan a través de AFIP. El primer período se abona a través del formulario 575  y luego el pago se realiza a través del formulario 105/rt.

¿SI TODAS LAS ART CUESTAN LO MISMO, QUÉ TENGO QUE TENER EN CUENTA A LA HORA DE CONTRATAR LA COBERTURA DE ART?
Lo principal a tener en cuenta es la calidad de servicio, la estructura de prestadores y las acciones en materia de prevención.

SOY MONOTRIBUTISTA; ¿PUEDO CONTRATAR UNA ART PARA PERSONAL DE CASAS PARTICULARES?
Si, al igual que la ART de régimen general.

YA CUENTO CON UNA ART PARA MIS EMPLEADOS DE RÉGIMEN LABORAL, ¿PUEDO CONTRATAR OTRA PARA EL PERSONAL DE CASAS PARTICULARES?
No. El personal de casas particulares será cubierto por la misma ART que te provee el servicio de régimen general.

¿CÓMO INSCRIBO A UNA EMPLEADA DE CASAS PARTICULARES?
Las inscripciones se realizan a través de la página de la AFIP, hasta el día inmediato anterior, inclusive, al de comienzo efectivo de las tareas.

¿CÓMO PROCEDO SI CAMBIO DE EMPLEADA? ¿Y SI CAMBIA LA CARGA HORARIA?
En cualquiera de los dos casos, se debe registrar la gestión en AFIP.

EMPLEADO:
¿CÓMO SÉ SI MI EMPLEADOR TIENE CONTRATADA UNA COBERTURA DE ART O CUÁL ES MI ART?
Ingresando en https://www.srt.gob.ar/index.php/cual-es-mi-art/ y colocando tu número de CUIT/CUIL, tras completar el código de seguridad que brinda la página, el sistema te informará cuál es tu Empleador, tu ART, el sitio web de la misma y las líneas telefónicas gratuitas para Denuncia de Siniestros y para Consultas y Reclamos.

SI ESTOY INSCRIPTA/O EN BLANCO, ¿PIERDO MI ASIGNACIÓN UNIVERSAL POR HIJO?
El beneficio queda intacto si lo que cobrás es igual o menos del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVyM) que se establece en $3.300 para los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo, y de $16,50 por hora para los trabajadores jornalizados.

ACCIDENTE
¿CÓMO SE PROCEDE EN CASO DE ACCIDENTE?
A fin de asegurar el mejor servicio ante la ocurrencia de un accidente, Provincia ART dispone de un ágil sistema para recibir denuncias a través de la Coordinación de Emergencias Médicas (CEM): 0800-333-1333.

Esto nos permitirá realizar la derivación al prestador más adecuado para la patología a tratar. Ubicación cercana al domicilio del trabajador; brindar una atención más precisa; realizar la gestión de una forma más ágil ; confirmar de los datos del accidentado y contar con disponibilidad de información on line para gestión y seguimiento del siniestro.

1. Inicie la denuncia de accidentes o enfermedades profesionales en forma telefónica a través del 0800-333-1333. Para ello deberá contar únicamente con los datos del trabajador y el siniestro ocurrido.

2. De acuerdo al diagnóstico, el CEM le informará cuál es el prestador más cercano y adecuado para atender al trabajador accidentado.
Para recibir la prestación, será necesario indicar el número de denuncia otorgada por el CEM y presentar la credencial de afiliado.

3. Finalice la denuncia en la Central de Servicios en Línea ingresando a la sección de Acceso exclusivo para Clientes de www.provinciart.com.ar.

Es importante recordar el número de identificación otorgado por el CEM.


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Declaración Web de Agentes Cancerígenos

 

Si las personas trabajadoras se encuentran expuestas a agentes cancerígenos, debés cargar el formulario correspondiente a la Res. 81/19, antes del 1° de Abril.

Recordá que la información que coloques en el formulario debe estar en concordancia con el RAR y el RGRL. Para dudas o consultas comunicate con saludocupacional@provart.com.ar